Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires Documentación UIF Volver al portal

Instructivo para escribanos

Cómo declarar y cargar la documentación · Resolución UIF 242/23

1. Qué es esta plataforma

Es el espacio donde el Colegio le solicita la documentación exigida por la Resolución UIF 242/23. A través de ella usted declara las escrituras alcanzadas del ejercicio y carga la documentación que respalda el cumplimiento de la normativa de prevención de lavado de activos.

Solo debe intervenir en los registros y ejercicios que le aparezcan al ingresar. Si un ejercicio figura como cubierto por la inspección ordinaria, no tiene que hacer nada por ese año.

2. Cómo ingresar

  1. Abra la plataforma en el navegador.
  2. Ingrese con la matrícula y la clave que le llegó en la convocatoria por correo.
  3. Verá la lista de sus registros, agrupados por ejercicio (año).

3. La pantalla principal

Cada tarjeta es un ejercicio (año) de un registro en el que usted integra la composición. Puede encontrarse con tres situaciones:

4. Marcar las escrituras alcanzadas

El sistema le muestra las escrituras candidatas del ejercicio (las que superan el umbral). Debe marcar aquellas en las que actuó como autorizante y considera alcanzadas por la Resolución 242/23.

  1. Entre a Escrituras en el registro y ejercicio correspondiente.
  2. Tilde la casilla Seleccionar de cada escritura alcanzada. Al tildarla queda guardada en el acto y se habilita la carga de documentación; no hay que apretar ningún botón de guardar.

Cada escribano puede informar hasta 2 escrituras UIF por ejercicio (aquellas en las que actuó como autorizante). Al llegar a dos, el sistema le avisa que alcanzó el límite máximo de escrituras para informar a Inspección y no le deja marcar una tercera.

Si una escritura alcanzada no figura en la lista, use Informar otra escritura para declararla manualmente. El monto puede escribirlo como de costumbre (por ejemplo 1.608.100.000). Si la escritura no tiene monto, marque La escritura no tiene monto.

4.1. Cambiar o corregir una escritura

5. Si no tiene escrituras alcanzadas

Si en ese ejercicio no autorizó ninguna escritura alcanzada, use el botón No tengo escrituras UIF este año. Queda registrado como constancia.

6. Cargar la documentación

Para subir un archivo, el flujo es siempre el mismo: elija el archivo con Seleccionar archivo y luego presione Enviar documento. La barra de progreso aparece mientras se sube.

6.1. Documentación del cuestionario

En Cuestionario verá una leyenda con el detalle de lo que declara tener. Debe subir un único archivo PDF que reúna esa documentación. El sistema registra la fecha, el detalle y una huella del archivo.

6.2. Documentación de cada escritura

En Escrituras, para cada una marcada, debe subir un único PDF que contenga la documentación de los puntos siguientes, más una copia de la escritura para poder cotejarla:

Es un solo PDF por escritura. Si más adelante necesita completar algo, puede agregar otro documento a esa escritura: no se pisa con el anterior.

7. Ver el resultado de la inspección

El inspector revisa su documentación y define el resultado. Ese resultado no aparece apenas él lo revisa: usted lo ve en su panel cuando el inspector finaliza y le envía el aviso. Hasta ese momento la escritura le figura en revisión, sin resultado. Cuando el aviso llega, ve:

El aviso de que hay algo para atender también aparece en la pantalla principal, en el ejercicio correspondiente.

8. Aviso de cierre sin observaciones

Cuando el inspector termina de revisar todo lo del registro —el cuestionario y las escrituras, o su declaración de no tener escrituras UIF— y no quedan observaciones, usted recibe un correo de confirmación del Departamento de Inspección de Protocolos informando que la revisión finalizó sin observaciones. Es el cierre de la revisión para ese registro y ejercicio; no requiere ninguna acción de su parte.